Los resultados presentados son estimados basados en los siguientes supuestos:
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La rentabilidad nominal anual
(Consistente con supuestos de Inflación de largo plazo).
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12.35% |
La rentabilidad real anual
De acuerdo a la Resolución 75-03 de la Superintendencia de Pensiones, que
establece la metodología de cálculo para pensiones que se otorguen mediante retiro
programado. |
5% |
Aumento real del salario anual |
1% |
Salario máximo cotizable |
RD$0.00
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Según lo establecido en la Resolución 231-02 del CNSS, y en el artículo 57 de
la ley 87-01 que define el límite mínimo y máximo del salario cotizable. |
Según lo establecido en la Resolución 22/2019, la pensión minina del Régimen Contributivo es de
RD$0.00
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El afiliado trabajará, desde la edad actual hasta el momento de retiro sin interrupciones.
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Fuente: Superintendencia de Pensiones (SIPEN)
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